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GUÍAS DE CAPACITACIÓN BÁSICA SOBRE HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO
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  INSTRUCTIVO: ¿qué es la Capacitación?
De acuerdo con la reglamentación vigente, la Ley de Riesgos del Trabajo Nº 24557, el Decreto Nº 170/96 y la Ley Nº 19587 y su Decreto Reglamentario Nº 351/79 de Higiene y Seguridad en el Trabajo, usted y nosotros mancomunadamente debemos capacitar los trabajadores a su cargo y bajo la cobertura de La Segunda ART. S.A. El concepto de capacitación lo hemos encuadrado en los conceptos de información (incluyendo el asesoramiento) que es responsabilidad de esta ART para con usted y sus trabajadores y que conforman el servicio que debemos brindar; y el concepto de formación que es privativo y por lo tanto quién mejor que usted y su profesional para definir el momento adecuado, bajo qué circunstancias y sobre qué tema en particular se debe capacitar a sus trabajadores.
COMÓ SE DEBE CAPACITAR AL PERSONAL
Procedimiento para la Capacitación

■ En cumplimiento del deber de protección, el empresario debe garantizar que cada trabajador reciba una formación técnica y práctica, suficiente y adecuada en materia preventiva de riesgos del trabajo.

■ La capacitación debe desarrollarse tanto en el momento de su contratación, cualquiera sea la modalidad o duración de ésta, como cuando se produzcan cambios en las funciones que desempeñe o se introduzcan nuevas tecnologías o cambios en los equipos de trabajo.

■ La formación deberá estar centrada específicamente en el puesto de trabajo o función de cada trabajador, adaptarse a la evolución de los riesgos y a la aparición de otros nuevos.
■ La capacitación debe repetirse periódicamente. A los efectos de avanzar en estos aspectos, se debe brindar, como mínimo, en forma bimensual.

■ La formación deberá implantarse, siempre que sea posible, dentro de la jornada de trabajo, o en su defecto, en otras horas, pero con el descuento en aquella del tiempo invertido en la misma.

■ La formación se podrá impartir mediante medios propios o concertándola con servicios ajenos.

■ El costo no debe recaer sobre los trabajadores.

■ Una vez capacitado el trabajador, debe firmar una planilla como constancia de haber recibido por parte del empleador la información necesaria en materia preventiva, comprometiéndose a  interpretarla, respetarla y cumplirla en todo momento.¨¦
NORMAS LEGALES A CUMPLIR
Usted deberá dejar constancia de este hecho en una hoja que especifique:
a) Día, lugar y hora de la capacitación; b) Tema tratado; c) Firma, nombre y número de documento de los trabajadores presentes en ese acto.

Esta documentación deberá ser archivada con la documentación general del personal de la empresa para ser presentada ante los funcionarios que lo soliciten o ante el requerimiento del personal autorizado de esta ART.

El texto deberá llevar la leyenda: "Los abajo firmantes declaran conocer el contenido de la guía de capacitación, interpretarlo y se comprometen a respetarlo y cumplirlo en todo momento de la jornada laboral".
MATERIAL DE CAPACITACIÓN
Usted ha recibido un conjunto de guías de capacitación general que deberán ser complementadas por guías particulares a su solicitud. Este es el material inicial para comenzar la tarea de capacitación. Si usted considera necesario guías sobre temas puntuales, contáctese con el Área de Prevención de La Segunda ART S.A. vía correo, fax o el medio escrito que considere conveniente; remitiremos con la mayor brevedad la información requerida adaptada al riesgo a cubrir y al nivel de los trabajadores. Es y será parte de nuestro servicio.

1- Instructivo: ¿Que es Capacitación?
2007-Derechos Reservados Grupo Asegurador La Segunda